martes, 5 de marzo de 2013


capítulo séptimo
Derecho de sucesión
1.- naturaleza y principio del derecho de sucesión entre los antiguos:
Se refiere a que si la herencia se daba de varón en varón y era tan importante, al mismo tiempo se heredaba el derecho a continuar dirigiendo el culto en el altar sagrado, así como todas las deudas o beneficiencias que pudiera tener el padre. Por tanto, se entiende como derecho de sucesión al acto de heredar el puesto de padre y llevar acabo todas las actividades y deberes que tenía implantados y heredados por el padre.
2.-El hijo hereda y no la hija:
Se refiere a la importancia que se le daba a los varones y no a las hijas al momento de la herencia, puesto que era el hombre quien debía encargarse del culto religioso y no la mujer.
La hija no tiene la aptitud para heredar la tradición paterna y si esta casada tampoco tiene derecho a adorar a los dioses de su antigua familia puesto que ahora pertenece a la del esposo.
En cuanto a esto, Cicerón convocó la ley Voconia que decía que se prohibía: 1) instituir heredera a una mujer auqnue fuera hija única, casada o soltera. 2) legar a las mujeres más de la cuarta parte del patrimonio.
Si no había más que mujeres en la familia para heredar, la hija debía casarse con el heredero que le correspondía y así, él sería quien heredaría el patrimonio y si la hija ya estaba casada , debía separarse de ese marido y contraer matrimonio con el heredero elegido, dando como dote los patrimonios. Cuando la hija no heredaba, era su hijo,es decir, el nieto del padre, quien recibia la herencia , por lo tanto, la hija era sólo un vínculo para pasar el culto y la herencia.el manú decia que si no se tenia un hijo varon, se podia encargar a la hija que tuviese uno para entonces heredar lo correspondiente.


3.-De la sucesión colateral:
Si no se tenía hijos, se buscaba al heredero en una posición horizontal y así se encontraba a un heredero, se buscaba al heredero entre los parientes de sangre más cercanos y teniendo que ser obviamente varones.
En la india se heredaba primero al sapindia y despues a los samodacas.
Las doce tablas hacían alusión a la herencia de acuerdo a los parientes agnados más cercanos, aún cuando esa ley ya había sido modificada, se continuaba utilizando.
4.-Efectos de la emancipación y la adopción:
Este punto se refiere a que sólo aquel que fuera perteneciente a la familia , tenía el derecho de heredar. Si el individuo había sido emancipado, tenía prioridad aquel que había sido adoptado, o en su defecto, aquel que tuviese la relación más cercana con el padre.

Debía ser perteneciente a la misma familia, ya fuese natural o adoptado, de otro modo no podía heredar.
5.-En los tiempos primitivos no se conocía el testamento:
No se conocía el testamento, se testaba sólo conforme lo indicaba la religión, a los farones más cercanos, ya fuese el hijo, el adoptado, el hijo de la hija o el agnado, etc... el punto está en que los patrimonios pasaban a manos del heredero en cuanto a las leyes que se establecían en la religión.
Sólo se tienen las leyes de las doce tablas como indicio alguno del acto de testar, puesto que no existe otro documento que diga que se prohibía o se permitía el testamento.
El derecho cesaba con la vida, por tanto el testamento, es decir, dejar dicho quien permanecería con ciertos patrimonios, no estaba contemplado dentro de las posibilidades del moribundo, todo debía hacerse de acuerdo al parentesco.
6.- Derecho de primogenitura:
Dicen los antiguos que es el primogéntio el que se debía encargar de cumplir el deber con los antepasados, sin embargo debía ser varón y no mujer.
Este punto habla principalmente de las costumbres y tradiciones que debía seguir el heredero de la potestad, en este caso el primogénito, quien se encargaba del cuidado de la familia, de los hermanos y del altar, todo esto, al morir el padre.
El primogénito debía cumplir con todos los rituales hacia los antepasados.

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